Guía por sector · CIIU B05–B09

SAGRILAFT para empresas mineras: ¿tu operación está obligada?

Actualizado el 6 de julio de 2026 · 8 min de lectura

La minería colombiana vive una paradoja: la operación legal convive todos los días con la extracción ilícita que busca colarse en la cadena formal. Eso convierte a tu empresa en víctima potencial y, sin controles, en vehículo involuntario de lavado de activos. Por eso el sector extractivo exige un SAGRILAFT que entienda el territorio, la trazabilidad del mineral y las contrapartes con las que operas.

El oro y las piedras preciosas son activos ideales para lavar dinero: alto valor, fáciles de transportar y difíciles de rastrear hasta su origen. Los documentos de tipologías de la UIAF y los estándares del GAFI llevan años señalando la cadena del mineral como zona caliente de LA/FT, y Supersociedades lo sabe. Si todavía no tienes claro qué es el SAGRILAFT y cómo opera el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica, empieza por ahí: esta guía aterriza ese sistema a la realidad de tu operación minera.

¿Qué es el SAGRILAFT y por qué le aplica a tu sector?

El SAGRILAFT — Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT/FPADM — es el sistema que la Superintendencia de Sociedades exige a las empresas del sector real en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 100-000016 de 2020). No es un requisito exclusivo de bancos: la obligación depende de tus cifras y de tu actividad. La guía completa del SAGRILAFT cubre el sistema de punta a punta; esta página aterriza la obligación y los riesgos a tu sector. Y no lo confundas con el PTEE, que gestiona corrupción y soborno transnacional — son sistemas hermanos y muchas empresas están obligadas a ambos.

¿Qué empresas mineras están obligadas?

La extracción minera (CIIU B05–B09) no aparece entre los sectores designados del Capítulo X, así que a tu actividad extractiva le aplica la regla general: quedas obligada al Régimen Pleno de SAGRILAFT si al 31 de diciembre del año anterior registraste ingresos totales o activos totales iguales o superiores a 40.000 SMLMV. Y ojo: Supersociedades puede ordenar la implementación a cualquier sociedad supervisada en cualquier momento, sin importar umbrales. Revisa en detalle quién está obligado antes de dar por cerrada la pregunta.

Aquí viene la trampa del brazo comercializador: el comercio de metales y piedras preciosas sí es sector designado. Si tu minera no solo extrae sino que comercializa el oro o las esmeraldas que produce —algo habitual en el sector aurífero—, esa actividad baja el umbral del Régimen Pleno a 30.000 SMLMV y, como APNFD, te exige al menos Medidas Mínimas desde 3.000 SMLMV en ingresos o 5.000 en activos. Muchas mineras quedan obligadas por su operación comercial sin saberlo. Compara ambos regímenes en Pleno vs. Medidas Mínimas o clasifica tu empresa en minutos con el clasificador gratuito.

EscenarioUmbral (ingresos o activos)Aprox. en COP (SMLMV 2026)Régimen
Regla general≥ 40.000 SMLMV≈ $70.036 millonesRégimen Pleno
Por debajo del umbralNo obligada por umbral (salvo orden del supervisor)

En todos los escenarios basta superar uno de los dos criterios — ingresos totales o activos totales — con corte al 31 de diciembre del año anterior. Los pesos son referenciales, calculados con el SMLMV 2026 de $1.750.905 (Decretos 1469 y 1470 de diciembre de 2025, valor en controversia ante el Consejo de Estado): la norma manda en SMLMV. El detalle completo de umbrales y sectores está en quién está obligado al SAGRILAFT.

¿Pleno, Medidas Mínimas o no obligada?

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¿Cuáles son los riesgos LA/FT típicos del sector?

La matriz de riesgo de tu empresa no se parece a la de ningún otro sector: estas son las tipologías y señales de alerta que los documentos públicos de tipologías de la UIAF y los estándares del GAFI han descrito para tu actividad. Úsalas como insumo de tu matriz de riesgo LA/FT — no como lista exhaustiva.

Mezcla de mineral ilícito con producción de títulos legales

Es la tipología clásica del sector: mineral extraído sin título entra a la cadena formal amparado en un título legal. La señal de alerta es aritmética: una producción declarada incoherente con la capacidad real del título — volúmenes que la mina no puede sustentar técnicamente. Si compras mineral a terceros o consolidas producción de pequeños mineros, tu debida diligencia debe documentar el origen de cada lote. La matriz de riesgo LA/FT por cuatro factores es la herramienta para ponderar este riesgo por contraparte y por jurisdicción.

Contratistas y proveedores en zonas de influencia de grupos armados

En minería, el factor jurisdicción pesa más que en casi cualquier otro sector: operas donde está el yacimiento, no donde quisieras. Señales de alerta: contratistas que exigen pagos en efectivo, «cuotas de seguridad» sin soporte contractual o intermediarios que nadie puede identificar. Un pago de extorsión canalizado como gasto operativo puede constituir financiación del terrorismo, con consecuencia penal directa para los administradores. La debida diligencia de cada contratista —incluida la consulta de listas restrictivas— no es un formalismo: es tu defensa documental cuando el supervisor o un juez pregunte qué hiciste para saber con quién contratabas.

Maquinaria amarilla y combustibles hacia operaciones no verificadas

La compraventa de maquinaria amarilla usada y el suministro de combustibles son canales típicos de apoyo a la extracción ilícita. Señales de alerta: compradores que pagan en efectivo y no acreditan dónde operará el equipo, despachos hacia zonas sin títulos vigentes o clientes de combustible cuyo consumo no corresponde a una operación verificable. El riesgo no es solo reputacional: los bienes y recursos vinculados a minería ilegal están expuestos a decomiso y a extinción de dominio. Conocer al beneficiario final de tus compradores y clientes es parte del control, no un paso opcional.

Comercialización de oro con trazabilidad débil del origen

Si tu empresa vende oro, la pregunta que debe resistir una auditoría es de dónde salió cada gramo. Señales de alerta: proveedores que no acreditan el origen del mineral, precios por fuera de mercado, ventas fragmentadas que dificultan seguir el rastro o intermediarios que rotan constantemente. Recuerda además que esta actividad comercial es justamente la que puede convertirte en sector designado con umbrales más bajos. Verifica a cada contraparte de la cadena con la consulta de listas y deja evidencia de cada verificación en el expediente: la trazabilidad que no está documentada no existe.

¿Cuáles son los errores más comunes al implementar?

  • Creer que el título minero acredita cumplimiento LA/FT. El título te habilita para explorar o explotar; no dice nada sobre el origen de los recursos de tus contrapartes ni sobre el riesgo de tu cadena. Supersociedades evalúa tu sistema de gestión del riesgo, no tu legalidad minera: son exámenes distintos y se pierden por separado.
  • Medirse solo como extractora cuando también comercializa. Si vendes el oro o las piedras preciosas que produces, esa actividad es sector designado: el umbral del Régimen Pleno baja a 30.000 SMLMV y las Medidas Mínimas aplican desde 3.000 SMLMV en ingresos o 5.000 en activos. Autodiagnosticarte con el umbral general de 40.000 puede dejarte obligada y sin sistema.
  • Tratar la consulta de listas como un trámite de una sola vez. El Capítulo X exige consulta permanente: las listas cambian y tu portafolio de contratistas y compradores también. Una coincidencia con las listas de la ONU —vinculantes por la Ley 1121 de 2006— obliga a reportar de inmediato a la UIAF y a la Fiscalía.
  • Subestimar el costo de no implementar. Las multas del artículo 86, numeral 3, de la Ley 222 de 1995 llegan hasta 200 SMLMV por cada cargo y pueden recaer sobre la sociedad, sus administradores, el revisor fiscal y el oficial de cumplimiento. Revisa el panorama completo de multas y sanciones antes de aplazar la decisión.

¿Qué sanciones arriesga tu empresa si incumple?

La base sancionatoria es el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995: multas de hasta 200 SMLMV, sucesivas o no, por cada cargo formulado, contra la sociedad, sus administradores, el revisor fiscal y el oficial de cumplimiento. La práctica sancionatoria reciente — con casos y montos reales — está en sanciones del SAGRILAFT.

Y hay un costo que suele doler más que la multa: bancos que cierran productos por riesgo LA/FT, fiduciarias que no vinculan y contratantes que excluyen al proponente que no acredita su sistema. El costo real del incumplimiento es comercial antes que administrativo.

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¿Cómo implementar el SAGRILAFT en tu empresa?

La implementación seria son ocho piezas operando — política aprobada en junta, oficial de cumplimiento, matriz de riesgo, debida diligencia con beneficiario final, consulta de listas restrictivas, reportes a la UIAF, capacitación y expediente auditable. El paso a paso completo está en la guía de implementación del SAGRILAFT, y puedes empezar hoy mismo con la consulta de listas gratuita.

Transición en curso: el 2 de julio de 2026 la Supersociedades expidió la Circular Externa 100-000020 de 2026, una nueva Circular Básica Jurídica que unificaría SAGRILAFT y PTEE en un sistema integral. Al cierre de esta edición su texto oficial y sus plazos no estaban publicados: hoy sigue aplicando el Capítulo X, y actualizaremos esta página cuando la transición sea oficial.

Preguntas frecuentes

¿Tener el título minero vigente acredita cumplimiento en materia LA/FT?

No. El título minero acredita tu derecho a explorar o explotar, pero el SAGRILAFT es un sistema de gestión del riesgo distinto: exige política aprobada por la junta, oficial de cumplimiento, matriz de riesgo, debida diligencia y consulta de listas. Supersociedades los evalúa por separado.

Mi minera vende el oro que produce, ¿eso cambia mi obligación?

Sí. El comercio de metales y piedras preciosas es sector designado: el umbral del Régimen Pleno baja a 30.000 SMLMV y, como APNFD, las Medidas Mínimas aplican desde 3.000 SMLMV de ingresos o 5.000 de activos. Muchas mineras quedan obligadas por esa actividad comercial sin notarlo.

¿Qué hago con contratistas que operan en zonas de influencia de grupos armados?

Aplica debida diligencia reforzada: identifica al beneficiario final, verifica en listas restrictivas, documenta el soporte contractual de cada pago y rechaza cuotas de seguridad sin sustento. Un pago de extorsión puede constituir financiación del terrorismo, con consecuencias penales para los administradores de tu empresa.

¿Cuándo debo informar la designación del oficial de cumplimiento?

En el Régimen Pleno tienes 15 días hábiles para informar la designación a Supersociedades. El oficial lidera la matriz de riesgo, la debida diligencia, la consulta permanente de listas y los reportes ROS y AROS a la UIAF a través de SIREL.

¿La nueva circular de Supersociedades cambia estas reglas?

Supersociedades expidió la Circular Externa 100-000020 del 2 de julio de 2026, una nueva Circular Básica Jurídica que unificaría el SAGRILAFT y el PTEE, pero su texto y plazos de transición aún no se han publicado. Mientras tanto, la norma aplicable sigue siendo el Capítulo X con los umbrales descritos en esta guía.

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Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. Verifica siempre contra las fuentes oficiales y consulta a tu oficial de cumplimiento.